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Para Segunda Lectura

Economía y Sociedad № 104

Julio - Septiembre 2020

         Nos parece especialmente desaconsejable que, de cara a un proceso constituyente, admitamos que la Constitución pueda entrar a definir materias que, por su especificidad, son típicamente de reserva legal, en estricta armonía con los principios y valores constitucionales. Semejante actuación abre la puerta para que una eventual Convención Constituyente pretenda definir en un futuro texto constitucional todas las regulaciones vinculadas con las demandas sociales; desnaturalizando por completo lo que es propio de toda Carta Magna. Se trata, sin duda, de una señal muy preocupante”.

“Abre la puerta”

Enrique Navarro Beltrán,  director Departamento Derecho Público Universidad de Chile, y Sebastián Soto Velasco, director Departamento de Derecho Público Universidad Católica (El Mercurio, 13.7.20)

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